lunes, 25 de enero de 2016

EL BULLING FISCALIZADO POR INDECOPI


EL ACOSO ESCOLAR COMO PROBLEMA ADMINISTRATIVO

El acoso escolar entre estudiantes es un tema muy antiguo (a mi parecer), sin embargo desde hace buen tiempo se tiene mayor conciencia que así no se puede continuar. Hay un ambiente social muy agresivo, existe el uso de las nuevas tecnologías de comunicación sin control ético, se suma la ausencia de los padres de familia en la educación de sus hijos, la indiferencia de los profesores, la disfuncionalidad familiar,… entre otros agravantes que han hecho crecer exponencialmente el “bullying”[1]. Pero también, muchos educadores están en la búsqueda de cómo erradicar este problema del mundo de la educación.

El Ministerio de Educación del Perú supuso que con reglamentos de convivencia se iba a “exterminar” esa práctica en el ámbito escolar[2]. Propuso reglamentos, comisiones, campañas, pancartas, sanciones,... y se olvidó de la capacitación docente, participación de las familias y de las acciones de “prevención”, como acciones fundamentales de la convivencia escolar. Y hasta hoy se continua gestionando la educación de nuestros niños y jóvenes desde el escritorio, desde “modernos edificios en forma de pila de libros” o tugurizadas oficinas provincianas, pues hace más de una década "se dispuso" que todas las instituciones educativas públicas y privadas contraten o cuenten (por lo menos) con un psicólogo, sin conocer que no alcanzaría (en este país) uno para cada institución,… como cuando pedían como requisito que para ocupar el cargo de bibliotecario de los Institutos Superiores Pedagógicos se tuviera el título de Bibliotecólogo, cuando, en ese entonces, en el Perú sólo existían seis.  En el 2013 INDECOPI, el Ministerio de Educación y Defensoría del recibieron un informe sobre los colegios particulares, (nada de los públicos,) para buscar cómo mejorar  Ley Antibullying[3].


Y hace solo tres meses[4] la gerente de Supervisión y Fiscalización de INDECOPI, TESSY TORRES ha dispuesto que las instituciones educativas privadas “que no consignen en su libro de incidencias las denuncias de bullying y las acciones que adoptó la Dirección para hacerle frente a estos hechos, serán sancionados”[5] en el marco del Código de Protección al Consumidor.

Esto parece evidenciar que estos funcionarios desconocen lo que es el “bullying” en el mundo académico. Este problema está por todas partes, y no sólo en el ámbito escolar. No se han enterado de las experiencias, de sus causas, su prevención, los tipos de víctimas, la clase de agresores, el resultado de lo hecho, su “modus operandi”, los nuevos medios para realizarlo, las opiniones de especialistas, la participación del entorno educativo, etc.…. para la citada funcionaria y sus asesores (parecería) la solución del problema del acoso escolar sería con sanciones monetarias a las instituciones privadas (no dice cómo será en las instituciones públicas), con anotar en una agenda; reduciendo el “bullying” a un problema de gestión administrativa. NO, ASÍ NO ES.

Considero que sigue sobre la mesa el plantearse si es un problema pedagógico o disciplinario. ¿Qué influencia tienen los medios de comunicación con programas que exaltan el hedonismo, la violencia, la agresividad, la vulgaridad, la obscenidad, el libertinaje... nuestros niños y jóvenes están “acosados”, no sólo por sus pares en la escuela o la calle o el internet, sino también en la sociedad, y hasta en casa… ellos deben enfrentar esta realidad con actitudes firmes para salir airosos porque les hemos enseñado a tomar decisiones permanentes que consoliden su personalidad.

A ver si los padres de familia y educadores ayudamos a que el Estado tome la educación de nuestros niños y jóvenes con mayor responsabilidad.

Lima, 25 de enero del 2015
P. J. Antonio Mansen Bellina, cmf



[1] “La intimidación es un acto de conducta agresiva, esta se repite con el fin de hacer daño deliberadamente a otra persona, puede ser de manera física o mental. El acoso se caracteriza en un individuo por comportarse de una determinada manera en el que se desea ganar poder sobre otra persona” . http://elpsicoasesor.com/que-es-bullying/
[2] Ley Nº 29719, “Ley Antibullying”.

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